Consulado General del Perú en Trieste
Registro de Estado civil
NACIMIENTOS
Se inscribe a los hijos de peruanos nacidos en el extranjero, los cuales tienen derecho
a la nacionalidad peruana sin perjuicio de nacionalidad del territorio donde han nacido.
Requisitos:
La presencia del hijo en el Consulado al momento de la inscripción
Presencia de los Padres con sus respectivos documentos de identidad original: DNI o pasaporte (si es extranjero)
"Estratto dell'atto di nascita" o "atto di nascita", original, plurilingue expedido por el Comune italiano,
en la cual debe constar que uno de los padres tiene nacionalidad peruana.
En caso de ausencia de uno de los padres se necesita de una autorización escrita y
fotocopia del DNI o pasaporte
(si es extranjero) del ausente.La emisión de la primera copia literal de la partida de nacimiento es gratuita.
MATRIMONIOS
Matrimonio en Italia
Nulla Osta para Matrimonio en Italia
Requisitos:
- Original y fotocopia de la partida de nacimiento legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú
- Certificado de solteria original con no más de seis meses de emisión de la última municipalidad de residencia en el Perú
legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú
- Certificado de solteria original con no más de seis meses de emisión de la municipalidad donde nació
legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú
- Para los residentes en el Perú: Certificado de residencia original con no más de seis meses de emisión
de la municipalidad donde vive legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú
- Para los residentes en Italia: Certificado de residencia original en carta simple con no más de seis meses de emisión
de la municipalidad italiana donde vive
en caso de ser DIVORCIADO: DNI actualizado con estado civil "divorciado" (además de la partida de nacimiento),
partida de matrimonio con anotacián de la sentencia de divorcio en parte y certificado de la municipalidad
donde nació,
indicando que el interesado no ha contraido matrimonio desde la sentencia de divorcio hasta la fecha.
en caso de ser VIUDO: DNI actualizado con estado civil "viudo" (además de la partida de nacimiento),
partida de defunción del cónyuge y certificado de la municipalidad donde nació,
indicando que el interesado
no ha contraído matrimonio desde el fallecimiento del cónyuge hasta la fecha.
Inscripción del Matrimonio en el Consulado
Se inscriben los matrimonios de peruanos en el extranjero a fin de
que el estado civil de casado sea reconocido en el Perú
Requisitos:
Estar inscrito al Consulado (el cónyuge peruano)
Presencia de los cónyuges, o por lo menos del conyuge peruano,
con sus respectivos documentos de identidad original: DNI o pasaporte (si extranjero)
Una (1) fotocopia de los documentos de identidad de los cónyuges
Partida de matrimonio (plurilingue) de la municipalidad italiana en original
La emisión de la primera copia literal del acta de matrimonio es gratuita.
Una vez inscrito el matrimonio, debe ser modificado el estado civil en el DNI del/de la
interesado/a
Matrimonio en el Perú
Los familiares del ciudadano peruano dében consultar en la municipalidad del distrito en el
cuál desean contraer matrimonio acerca de los requisitos con los que hay que cumplir, debido
a que el oficial registral puede solicitar, de acuerdo al caso, documentos adicionales a los que
se necesitan regularmente.
En casos normales se necesita lo siguiente:
1) Partida internacional de nacimiento, que se obtiene en la Municipalidad del lugar de nacimiento.
2) Certificado de soltería que se obtiene en la Municipalidad del lugar de domicilio
3) Si uno de los novios es divorciado, debe presentar la sentencia de divorcio; asÍ como una
partida internacional de matrímonio con la anotación marginal sobre el divorcio.
4) Fotocopia del pasaporte certificada por la Municipalidad Italiana para que la puedan
adjuntar al expediente
5) Certificado de salud legalizado por la ASL.
Todos los documentos deben tener en primer lugar la legalización de la autoridad italiana
correspondiente (Procura y/o prefectura) y luego la del Consulado peruano.
Después de contraer matrimonio en el Perú usted debe hacerse expedir por el RENIEC
(Registro Nacional de Identificaciín y Estado Civil) una partida de matrimonio que deberá hacer
legalizar primero por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y por último por la
Embajada de Italia en el Perú.
REGIMEN PATRIMONIAL
El artóculo 295 del Código Civil del PerÚ dice textualmente lo siguiente:
"Si los futuros cónyuges optan por el régimen de separación de patrimonios, deben otorgar escritura
pública, bajo sanción de nulidad. Para que surta efecto debe inscribirse en el registro personal. A falta de
escritura pública se presume que los interesados han optado por el régimen de sociedad de gananciales."
Divorcio
Un ciudadano peruano que se divorcia en Italia tiene que hacer reconocer la sentencia extranjera de divorcio ante el poder judicial del Perú.
Las normas relativas a las formalidades para el reconocimiento de sentencias extranjeras forman parte de las normas procesales,
las mismas que de acuerdo al artículo IX del Código Procesal Civil tienen el carácter de imperativas y por lo tanto de obligatorio cumplimiento.
Las sentencias obtenidas en Italia para lograr sus reconocimiento en el territorio peruano deberán seguir el siguiente procedimiento:
1.- Legalización de de la sentencia completa ante la Prefectura y/o la Procura Italiana
2.- Legalización del citado documento ante el Consulado del Perú
Una vez efectuado dichos pasos deberá n remitir la documentación al Perú acompanando un Poder, por Escritura Pública hecho en el Consulado del Perú
para que una persona la represente e inicie en el Perú mediante un abogado,
los trámites de convalidación de dicha sentencia obtenida en Italia.
DEFUNCIONES
Se inscriben las defunciones de peruanos acaecidos en el extranjero.El trámite de inscripción lo puede realizar cualquier familiar, persona allegada
o particular interesado, portando su documento de identidad respectivo
y los documentos (DNI, pasaporte, etc.) del fallecido;
en un plazo no mayor de treinta (30) días
desde la ocurrencia del hecho; de lo contrario el tramite deberá ser realizado en Perú judicialmente.
Requisitos:
"Estratto dell'atto di morte" (original, plurilingue expedido por el Comune)
Documento original que acredite la
nacionalidad peruana del fallecido: DNI o pasaporte
El declarante (familiar o allegado al fallecido) debe presentar su propio documento
de identidad: DNI y una (1) fotocopia de ambos lados
La emisión de la primera copia literal del acta de defunción es gratuita.
Para un servicio eficiente y rapido se pide a los connacionales
solicitar por mail una cita antes del tramite.