Consulado General del Perú en Trieste
Nacimientos
Matrimonios
Defunciones

Registro de Estado civil

Sección nacimientos
Se inscribe a los hijos de peruanos nacidos en el extranjero, los cuales tienen derecho a la nacionalidad peruana sin perjuicio de nacionalidad del territorio donde han nacido.
Requisitos:

  • La presencia del hijo en el Consulado al momento de la inscripción
  • Acta de nacimiento de la Municipalidad italiana
  • Presencia de los Padres con sus respectivos documentos de identidad original: DNI o pasaporte (si es extranjero)
  • Si el hijo tiene más de 30 (treinta) días es necesaria la presencia de dos testigos con sus respectivos documentos de identidad: DNI o pasaporte (si es extranjero)

  • En caso de ausencia de uno de los padres se necesita de una autorización escrita y fotocopia del DNI o pasaporte (si es extranjero) del ausente.
    La emisión de la primera copia literal de la partida de nacimiento es gratuita.



    Sección matrimonios
    Se inscriben los matrimonios de peruanos en el extranjero a fin de que el estado civil de casado sea reconocido en el Perú
    Requisitos:
  • Estar inscrito al Consulado (el cónyuge peruano)
  • Presencia de los cónyuges con sus respectivos documentos de identidad original: DNI o pasaporte (si extranjero)
  • Una (1) fotocopia de los documentos de identidad de los cónyuges
  • Certificado de matrimonio de la municipalidad italiana en original
  • Presencia de dos testigos con sus respectivos documentos de identidad: DNI o pasaporte (si es extranjero)

  • La presencia de ambos contrayentes es obligatoria.
    La emisión de la primera copia literal del acta de matrimonio es gratuita.

    Nulla Osta para Matrimonio en Italia
    Requisitos:

    Sección defunciones
    Se inscriben las defunciones de peruanos acaecidos en el extranjero.
    Requisitos:
  • Certificado de defunción original
  • Documento original que acredite la nacionalidad peruana del fallecido: DNI o pasaporte
  • El declarante debe presentar su propio documento de identidad: DNI y una (1) fotocopia de ambos lados

  • La emisión de la primera copia literal del acta de defunción es gratuita.





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