Consulado General del Perú en Trieste


NACIMIENTO
NULLA OSTA AL MATRIMONIO
MATRIMONIO EN ITALIA
MATRIMONIO EN EL PERÚ
DIVORCIO EN ITALIA
DIVORCIO EN EL PERÚ
DEFUNCIONES


Registro de Estado civil

NACIMIENTOS
Se inscribe a los hijos de peruanos nacidos en el extranjero, los cuales tienen derecho
a la nacionalidad peruana sin perjuicio de nacionalidad del territorio donde han nacido.
Sólo se pueden inscribir los nacimientos hasta antes de cumplir los 18 años de edad.
Requisitos:

  • La presencia del hijo en el Consulado al momento de la inscripción
  • Presencia de los Padres con sus respectivos documentos de identidad original: DNI vigente original y copia
    o pasaporte y copia (si es extranjero)
  • "Estratto dell'atto di nascita" o "atto di nascita", original, plurilingue expedido por el Comune italiano,
    en la que se indique el lugar, fecha, hora, maternidad y paternidad.
  • Dos fotos del menor
  • En caso de ausencia de uno de los padres se necesita de una autorización escrita y fotocopia del DNI o pasaporte
    (si es extranjero) del ausente.La emisión de la primera copia literal de la partida de nacimiento es gratuita.




    MATRIMONIOS

    Matrimonio en Italia

    Nulla Osta para Matrimonio en Italia
    Requisitos:
    en caso de ser SOLTERO:


    en caso de ser DIVORCIADO:


    en caso de ser VIUDO:

     


    Inscripción del Matrimonio en el Consulado
    Se inscriben los matrimonios de peruanos en el extranjero a fin de que el estado civil de casado sea reconocido en el Perú
    Requisitos:

  • Estar inscrito al Consulado (el cónyuge peruano)
  • Presencia de los cónyuges, o por lo menos del conyuge peruano,
    con sus respectivos documentos de identidad original: DNI vigente o pasaporte (si extranjero)
  • Una (1) fotocopia de los documentos de identidad de los cónyuges
  • Original de la Partida de matrimonio (plurilingue) o Estratto dell'atto di matrimonio" o "copia integrale dell'atto di
    matrimonio" expedida por la Municipalidad italiana en la que se contrajo el matrimonio

  • Una vez inscrito el matrimonio, debe ser modificado el estado civil en el DNI del/de la interesado/a



    Matrimonio en el Perú
    Los familiares del ciudadano peruano dében consultar en la municipalidad del distrito en el
    cuál desean contraer matrimonio acerca de los requisitos con los que hay que cumplir, debido
    a que el oficial registral puede solicitar, de acuerdo al caso, documentos adicionales a los que
    se necesitan regularmente.
    En casos normales se necesita lo siguiente:

    1) Partida internacional de nacimiento, que se obtiene en la Municipalidad del lugar de nacimiento.
    2) Certificado de soltería que se obtiene en la Municipalidad del lugar de domicilio
    3) Si uno de los novios es divorciado, debe presentar la sentencia de divorcio; asÍ como una
    partida internacional de matrímonio con la anotación marginal sobre el divorcio.
    4) Fotocopia del pasaporte certificada por la Municipalidad Italiana para que la puedan
    adjuntar al expediente
    5) Certificado de salud legalizado por la ASL.
    Todos los documentos deben tener en primer lugar la legalización de la autoridad italiana
    correspondiente (Procura y/o prefectura) y luego la del Consulado peruano.
    Después de contraer matrimonio en el Perú usted debe hacerse expedir por el RENIEC
    (Registro Nacional de Identificaciín y Estado Civil) una partida de matrimonio que deberá hacer
    legalizar primero por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y por último por la
    Embajada de Italia en el Perú.
    REGIMEN PATRIMONIAL
    El artículo 295 del Código Civil del Perú dice textualmente lo siguiente:
    "Si los futuros cónyuges optan por el régimen de separación de patrimonios, deben otorgar escritura
    pública, bajo sanción de nulidad. Para que surta efecto debe inscribirse en el registro personal. A falta de
    escritura pública se presume que los interesados han optado por el régimen de sociedad de gananciales."




    DIVORCIO

    Divorcio en Italia
    Un ciudadano peruano que se divorcia en Italia debe hacer reconocer la sentencia extranjera de divorcio ante el poder judicial del Perú.
    Las normas relativas a las formalidades para el reconocimiento de sentencias extranjeras forman parte de las normas procesales,
    las mismas que de acuerdo al artículo IX del Código Procesal Civil tienen el carácter de imperativas y por lo tanto de obligatorio cumplimiento.
    Las sentencias obtenidas en Italia para lograr sus reconocimiento en el territorio peruano deberán seguir el siguiente procedimiento:
    1.- Legalización de de la sentencia completa ante la Prefectura y/o la Procura Italiana
    2.- Legalización del citado documento ante el Consulado del Perú
    Una vez efectuado dichos pasos deberá n remitir la documentación al Perú acompanando un Poder, por Escritura Pública hecho en el Consulado del Perú
    para que una persona la represente e inicie en el Perú mediante un abogado,
    los trámites de convalidación de dicha sentencia obtenida en Italia.


    Divorcio en Perú
    "Divorcio Rapido"
    La Ley del divorcio rápido, se aplica SOLO a las parejas en que ambos esposos deseen divorciarse.
    Con esta ley se puede estar divorciado en menos de tres meses.
    Los peruanos en el extranjero pueden divorciarse por mutuo acuerdo, solo tienen que tramitar un poder que otorgarán ante el consulado peruano.
    Los requisitos para acogerse a la ley del divorcio rápido son:tener más de 2 años de casados,estar de acuerdo
    los dos esposos en el trámite.
    En caso de tener bienes, se debe liquidar bienes (trámite previo).En caso de tener hijos menores y/o mayores incapaces,
    se debe acordar un pago de pensión de alimentos, las visitas y la tenencia.
    Para tramitar el poder sirve la "MINUTA" del poder. La minuta debe ser redactada por su abogado peruano y deberá
    ser remitirla previamente por correo electrónico (formado Word) al Consulado.

    "Divorcio por la Causal de separación de hecho o otra causal"
    Si no es posible llegar a un acuerdo con su ex pareja se puede tramitar su divorcio por la causal de separación
    de hecho u otra causal, debiéndonos remitir un poder especial que otorgará ante el Consulado.
    Para tramitar el poder sirve la "MINUTA" del poder. La minuta debe ser redactada por su abogado peruano y deberá
    ser remitirla previamente por correo electrónico (formado Word) al Consulado.




    DEFUNCIONES
    Se inscriben las defunciones de peruanos acaecidos en el extranjero.
    El trámite de inscripción lo puede ser solicitado por los parientes, la autoridad competente en el país donde
    ocurrió el incidente, el médico tratante o cualquier persona allegada al difunto, portando su documento de identidad
    respectivo y los documentos (DNI, pasaporte, etc.) del fallecido;
    Requisitos por muerte natural:

  • "Estratto dell'atto di morte" en original, plurilingue expedido por la Municipalidad italiana
  • Documento original que acredite la nacionalidad peruana del fallecido: DNI o pasaporte
  • Documento del hospital con hora de fallecimiento
  • El declarante (familiar o allegado al fallecido) debe presentar su propio documento de identidad:
    DNI y copia de ambos lados o pasaporte (si extranjero) y copia

  • Requisitos por muerte violenta (homicidio, suicidio, accidente):

  • "Estratto dell'atto di morte" en original, plurilingue expedido por la Municipalidad italiana
  • Documento original que acredite la nacionalidad peruana del fallecido: DNI o pasaporte
  • Documento del hospital con hora de fallecimiento
  • Informe de la Policía en caso de muerte violenta por hecho de tránsito y Protocolo de Necropsia
  • Oficio del Fiscal Provincial (muerte sospechosa)
  • Parte Judicial emitido por la Judicaturía que sigue proceso penal
  • El declarante (familiar o allegado al fallecido) debe presentar su propio documento de identidad: DNI y una (1) fotocopia de ambos lados
  • La emisión de la primera copia literal del acta de defunción es gratuita.



    Para un servicio eficiente y rapido se pide a los connacionales solicitar por mail una cita antes del tramite.